El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la amonestación pública impuesta al diputado local Oswaldo Jiménez López por actos anticipados de precampaña.
En sesión no presencial, el Pleno de la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF desechó por unanimidad de votos el juicio electoral promovido por el panista en contra de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).
El órgano jurisdiccional electoral local amonestó al legislador poblano por promoción anticipado y actos de precampaña cometidos en octubre de 2020, y dio vista al Congreso local para analizar e investigar al posible uso de recursos públicos.
Al respecto, el diputado local argumentó que la infracción no la había cometido él, además de que en las publicaciones de redes sociales por las que lo sancionaron no se observa su nombre o su imagen.
La ponencia indicó que del análisis del caso se determinó que sí se cumplieron con los elementos para acreditar actos anticipados de precampaña.
Además, el diputado local por el PAN no buscó controvertir la sentencia, pues en ningún momento negó que se infringiera en un acto ilegal.
Leer: TEEP pide a ASE investigar a Oswaldo Jiménez por promoción personalizada