El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó una amonestación pública más en contra de la presidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera Vivanco, por actos anticipados de campaña y promoción personalizada durante el proceso electoral 2020-2021.
En sesión pública no presencial, el Pleno de la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF desechó el juicio electoral promovido por la la edil de la capital poblana en contra de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) del 28 de abril.
La resolución que impugnó la alcaldesa morenista fue en contra de la sentencia por actos anticipados de campaña y promoción personalizada cometidos en una entrevista publicada en el canal oficial del Ayuntamiento de Puebla, el pasado 19 de enero.
Claudia Rivera argumentó que el tribunal local no consideró que sus manifestaciones se dieron en medio de un ejercicio periodístico y de libertad de expresión.
Al respecto, la ponencia estableció que el TEEP realizo una debida valoración de la entrevista al señalar que contenía manifestaciones con significado de apoyo inequívoco a su opción electoral, lo que equivale a un llamado al voto en favor de su precandidatura.
El 28 de abril de este año, el TEEP emitió cuatro amonestaciones públicas en contra de la entonces precandidata de Morena a la presidencia municipal de Puebla por actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, así como uso de recursos públicos, por lo que el TEPJF ratificó las cuatro sanciones en su contra.

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