Este 9 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que las legislaciones locales reconozcan “la vida desde la concepción” y también como la penalización de las mujeres que interrumpan su embarazo.
Por unanimidad, los 11 ministros del pleno de Supremo invalidaron la fracción I del Artículo 4 Bis A de la Constitución de Sinaloa que establecía reconocer la vida humana desde la concepción.
“Debe ser claro que esto trastoca el orden constitucional y los valores de un Estado laico, plural y democrático, e impone a las mujeres y personas gestantes una carga desproporcionada”, manifestó el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, autor del proyecto de la sentencia.
Las leyes que criminalizan el aborto de manera absoluta son inconstitucionales. A partir de ahora todas y todos los jueces deberán aplicar este criterio de la Corte que protege el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir.
— Suprema Corte (@SCJN) September 9, 2021
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De acuerdo con SinEmbargo, cerca de 20 estados reformaron su constitución para reconocer “la vida humana desde la concepción”, modificaciones que no prohíben el aborto, pero crean un ambiente de persecución contra las mujeres.
Declaran inconstitucional la penalización del aborto en Coahuila
El pasado martes, la SCJN en un fallo histórico declaró inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico, que impide encarcelar a las mujeres.
“A partir de ahora no se podrá procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos considerados por este tribunal”, dijo el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.
