¡Histórico! Este jueves la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que los menores de edad trans tienen derecho de modificar su acta de nacimiento por reasignación sexogenérica autopercibida si así lo desean.
Por unanimidad de votos, la SCJN decretó inconstitucional el exigir la mayoría de edad a quienes soliciten este trámite ante el Registro Civil.
De esta manera, se reconoce el derecho de los niños y adolescentes trans que aún no se han realizado ningún procedimiento médico de conversión de género.
Los ministros decidieron invalidar el artículo del código penal que exigía tener 18 años cumplidos para solicitar la modificación del acta de nacimiento por reasignación sexogenérica.
“Para muchos la identidad de género es una experiencia tan sencilla como respirar, para las infancias trans representa un obstáculo”, señaló el ministro presidente Arturo Zaldívar.