Con amplia mayoría, el Congreso de Puebla aprobó reformas al Código Penal del Estado para castigar hasta con 3 años de prisión la aplicación de terapias de conversión para la corrección de la identidad de género y orientación sexual.
La Minuta de Decreto presentada por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia fue aprobada con 33 votos a favor, 7 abstenciones y un impedimento de votar.

Previo a la votación, el diputado Carlos Evangelista Aniceto presentó una propuesta reformatoria para establecer de forma clara a lo que se refieren con “terapias de conversión”, misma que fue respaldada por toda la bancada de Morena, Partido del Trabajo (PT), Verde Ecologista de México (PVEM), Movimiento Ciudadano (MC), Pacto Social de Integración (PSI) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI).
El Partido Acción Nacional (PAN) también impulsó una propuesta modificatoria, para diferenciar los servicios especializados de las prácticas violentas que ya están tipificadas en la ley, pero fue rechazada por la mayoría del Pleno.

El diputado Iván Herrera Villagómez acusó que las terapias de conversión son un modelo de tortura impune que debe ser sancionado por el Estado por ser inhumana y aplicar prácticas de tortura y contraria a los derechos humanos, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS).
«En Puebla, los esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género no tienen cabida y deben constituir delitos contra la salud y la paz pública al tratarse de esfuerzos de premeditada violencia contra las infancias, juventudes e identidades sexogenéricas»
La diputada del PAN, Mónica Rodríguez Della Vecchia sostuvo que su partido no está en contra del castigo a dichas prácticas, pero la redacción del dictamen era incorrecta y ambigua, por lo que no apoyaron la misma.
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