Puebla

PRI propone quitar patria potestad a padres acusados de feminicidio en Puebla

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La bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI) buscará restringir, suspender o retirar los derechos de patria potestad a padres detenidos, vinculados a proceso o sentenciados por el delito de feminicidio en el estado de Puebla.

En sesión ordinaria del Pleno, el grupo legislativo priista presentó reformas al Código Civil y Código Penal del Estado para establecer condiciones en las que los poseedores de la patria potestad o tutela, y sus familiares ascendientes, pierdan este derecho por ser vinculados a proceso por feminicidio.

Este derecho también se perderá cuando sean detenidos en dos o más ocasiones por delitos graves, ser responsables con sentencia condenatoria o tener en condiciones de maltrato e inseguras a los menores de edad.

La iniciativa señala en sus consideraciones que entre enero y julio de este año se ha registrado el asesinato de 89 mujeres en la entidad, de los cuales 14 son investigados como feminicidios, de acuerdo con las cifras de la Fiscalía General del Estado (FGE), lo que representa un incremento del 7 por ciento en comparación con el mismo periodo de 2021.

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La iniciativa propone reformar los artículos 627, 628, 629, 633 y 634 del Código Civil del Estado para establecer las condiciones en las que se suspenda, pierda o restrinja el derecho a la patria potestad.

La patria potestad se perderá cuando el poseedor sea condenado por delito de feminicidio o tentativa de feminicidio en contra de la madre de las niñas, niños y adolescentes sujetos a patria potestad; o sea condenado por delito intencional, a una pena de prisión inconmutable.

Esta también se perderá cuando los dueños de la patria potestad tengan costumbres depravadas o hábitos nocivos, ejerzan públicamente la prostitución, maltrato infantil o cualquier otro acto que implique el abandono de sus deberes frente a sus hijos o nietos, y que puedan comprometer la vida, la salud, la seguridad, el desarrollo moral del menor y su integridad física o psíquica.

Asimismo, aplicará la pérdida de este derecho cuando sea condenado dos o más veces por infracciones antisociales graves o por uno o más delitos, siempre que a criterio del Juez se pueda poner en peligro la persona o bienes del menor

El derecho a la patria potestad quedará suspendido cuando se dicte auto de vinculación a proceso por el delito de feminicidio o tentativa de feminicidio en contra de la madre de las niñas, niños y adolescentes o por estar vinculado a un proceso penal por actos que atenten contra la vida, la integridad física, la libertad y la libertad sexual en contra de otra persona.

En cuanto al Código Penal local, la propuesta reforma los artículos 338 Bis, 338 Ter y 338 Quarter para imponer sanciones a funcionarios que obstaculicen la investigación e impartición de justicia, y la suspensión del derecho a la patria potestad de los victimarios.

En el artículo 338 Bis se plantea imponer pena de prisión de 3 a 8 años y multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), destitución e inhabilitación definitiva para desempeñar otro empleo, cargo o comisión en el servicio público a quien dolosamente en el ejercicio de una función pública sustraiga y filtre información de manera indebida de la investigación, propicie, promueva o tolere la impunidad; así como omita, retarde o entorpezca la investigación, persecución y sanción del delito.

En caso de que el responsable del delito de feminicidio y tentativa de feminicidio tenga hijos con la víctima perderá sus derechos a la patria potestad, tutela, guarda y custodia, régimen de visitas y convivencias, y el derecho de alimentos que le correspondiere.

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Foto: Especial

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