El Congreso de Puebla emitió la declaratoria de decreto de la reforma a la Constitución Política del Estado en materia del Poder Judicial.
Durante la sesión ordinaria del Pleno, la Mesa Directiva del Congreso local dio lectura a la declaratoria de decreto de reforma constitucional tras alcanzarse la aprobación por más de la mitad de los Ayuntamientos del estado.
Entre el 6 y 21 de octubre, 190 cabildos del estado de Puebla aprobaron las reformas a la Constitución Política local para modificar diversas disposición del Poder Judicial del Estado.
Uno de los últimos cabildos que aprobó la Minuta de Decreto del Congreso local fue el del municipio de Puebla, que lo hizo en sesión orinaría.
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Otros de los cabildos que aprobaron esta reforma fueron los de Ajalpan, Amozoc, Atlixco, Calpan, Cuautlancingo, Cuetzalan del Progreso, Chalchicomula de Sesma, Esperanza, Huaquechula, Huejotzingo, Izúcar de Matamoros, Juan N. Mendez, Libres, Nopalucan, Palmar de Bravo, San José Chiapa, San Martín Texmelucan, Tehuacán, Tecali de Herrera, Tepeaca, Tepexi de Rodríguez, Teziutlán, Tlatlauquitepec, Xicotepec y Zacatlán, entre otros.
Entre los municipios que destacaron por no aprobar la Minuta de Decreto se encuentran San Andrés Cholula, gobernador por Edmundo Tlatehui Percino; San Pedro Cholula, por la panista Paola Angón Silva; y Tecamachalco, con el alcalde Ignacio Mier Bañuelos.
Ahora, los órganos que integran el Poder Judicial rendirán un informe al Consejo de la Judicatura sobre el cumplimiento de ésta, y será el Consejo el que entregue el informe del cumplimiento de las reformas al Congreso del Estado.
También se elimina la figura de juicio popular para la remoción de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado, y será el Consejo de la Judicatura la instancia que lleve los procesos de sanción en contra de ellos. Los dejará en espera mientras el Congreso del Estado el que determine la sanción que se aplicará para que los consejeros resuelvan.
Se mantendrá la independencia del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, pues las resoluciones ya no serán revisadas por el Consejo de la judicatura.
Asimismo, en los casos donde el Congreso del Estado no aprueben el nombramiento de un magistrado propuesto por el gobernador, el mandatario tendrá un plazo de 30 días para enviar una nueva terna, y no cinco días como se encuentra actualmente en la Constitución local.