La diputada Aurora Sierra Rodríguez propondrá al Congreso del Estado que se aplique el embargo de bienes materiales y cuentas bancarias cuando el responsable de un feminicidio sea padre del menor.
La diputada del Partido Acción Nacional (PAN) presentó una iniciativa para reformar el Código Civil, Código Penal y la Ley Sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social del Estado para garantizar la protección de los menores de edad en los casos de feminicidio.
La iniciativa propone reincorporar el artículo 500 al Código Civil del Estado que fue derogado el 6 de diciembre del 2019, para establecer que se podrán asegurar bienes materiales y cuentas bancarias para garantizar el pago de pensión alimenticia en los casos donde la madre haya sido víctima de feminicidio y el padre sea el autor intelectual.
“En los casos de feminicidio en los que el imputado haya sostenido una relación con la víctima y/o haya tenido hijos o dependientes por afinidad o consanguinidad en línea recta ascendiente o descendiente sin límite de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado, los bienes materiales y cuentas bancarias del agresor serán embargados con el objetivo de asegurar el pago de alimentos al dependiente económico de tal manera que todas sus necesidades sean cubiertas de manera satisfactoria”.
La legisladora argumentó que de enero a mayo de 2022, Puebla se ubicó en el lugar número 14 con más casos de feminicidios a nivel nacional con nueve, de acuerdo con el reporte de violencia, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
“Cuando los cadáveres de mujeres mexicanas asesinadas han sido intervenidos por médicos legistas y han podido identificar el vínculo del homicida con ellas, ha resultado que, en cuatro de cada 10 casos el asesino era su pareja, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía”, añadió la diputada del PAN.
La iniciativa también busca incorporar el artículo 338 Sexies al Código Penal local para establecer que en los casos de feminicidio en los que el imputado haya sostenido una relación con la víctima o haya tenido hijos se sancione según lo dispuesto en la Legislación aplicable.
Asimismo, las modificaciones propuestas a la Ley Sobre el Sistema de Asistencia Social de Puebla plantean que el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) deberá apoyar el ejercicio de la tutela de los incapaces, que corresponda al Estado en los términos de la Ley.
En los casos de feminicidio en los que existan hijos menores producto de la relación sentimental o afectiva con el agresor, el Sistema Estatal DIF se encargará de dar seguimiento de manera permanente al tutor que tenga la custodia del menor, procurando el interés superior de la niñez a través de las acciones correspondientes a las atribuciones establecidas en la Ley, así como dar seguimiento a su desarrollo integral hasta que cumpla la mayoría de edad.