La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico al declarar inconstitucional la penalización del aborto en el estado de Aguascalientes. Esta decisión, tomada por la Primera Sala de la SCJN, insta al Congreso del estado a derogar los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal local que imponían sanciones penales por la interrupción del embarazo.
El amparo fue concedido a Grupo de Información en Reproducción Elegida y otras organizaciones civiles que argumentaron que la penalización del aborto en Aguascalientes infringía los derechos humanos de las mujeres y las personas gestantes, en particular, el derecho a la igualdad y no discriminación, así como el derecho humano a la salud.
Esta histórica decisión de la SCJN abre la puerta para que grupos a favor del derecho al aborto busquen a través de amparos sentencias similares en otros estados de México donde aún se penaliza esta práctica.
El proyecto de sentencia fue propuesto por el ministro Juan Luis González Alcántara y fue avalado por la mayoría de la Primera Sala con cuatro votos a favor y uno en contra.
El ministro González Alcántara señaló que desde 2015 hasta junio de este año, se han iniciado 73 investigaciones por el delito de aborto en Aguascalientes.
Afirmó en su proyecto de sentencia que «esta Primera Sala no puede ser indiferente a la situación en la que las mujeres y personas gestantes de Aguascalientes están y han sido sometidas de manera injusta» y destacó la importancia de que los tribunales constitucionales tomen medidas para reparar los daños causados y eviten la perpetuación de la discriminación.
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Foto: Archivo