Las terapias de conversión son violatorias de los derechos de las personas de la comunidad LGBT+, así como crueles y de maltrato.
Terapias de conversión en México ya están oficialmente prohibidas

El Senado de la República aprobó las reformas avaladas por la Cámara de Diputados para prohibir las terapias de conversión en México y se sancionarán de esta manera.
De esta manera, ya es oficial que los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG) o terapias de conversión, están penados por ley.

Esto se aprobó con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones en una sesión que duró más de 11 horas.
Sin embargo, estas reformas aún deben ser aprobadas por el Ejecutivo Federal para que entren en vigor los castigos contra estas prácticas consideras violatorias de los derechos de las personas de la comunidad LGBT+, así como crueles y de maltrato.
En México ahora las terapias de conversión se sancionan con dos a seis años de prisión y una multa equivalente a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), que actualmente representa entre 108 mil y 216 mil pesos.
Esto es para quien realice, imparta, aplique, obligue o financie estas prácticas que obstaculicen, restrinjan, anulen o supriman la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
La sanción puede aumentar hasta el doble cuando los ECOSIG sean contra menores de edad, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.
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Foto: Revista Espejo
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