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SCJN niega amparo a Luis de Llano por caso Sasha Sokol y ratifica su sentencia

Con esta decisión, la Corte le negó el amparo solicitado, dejando firme la sentencia que lo responsabiliza por abuso sexual infantil.
SCJN niega amparo a Luis de Llano por caso Sasha Sokol

La SCJN niega amparo a Luis de Llano, tras demostrarse que sostuvo una relación sexual y afectiva con Sasha Sokol cuando ella tenía 14 años y él 39, en un episodio ocurrido hace más de tres décadas.

Con esta decisión, la Corte le negó el amparo solicitado, dejando firme la sentencia que lo responsabiliza por abuso sexual infantil.

La resolución no sólo representa un triunfo judicial en el caso de Sokol, sino que sienta un precedente trascendental en la justicia mexicana: la Primera Sala de la SCJN estableció que, en casos de abuso sexual contra menores, no habrá prescripción para la acción civil, lo cual permite que otras víctimas puedan demandar a sus agresores incluso años después, cuando estén listas emocional y psicológicamente para hacerlo.

La decisión avala el proyecto presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien argumentó que, por la naturaleza del abuso, las víctimas suelen tardar muchos años en reconocer lo ocurrido, identificar los daños derivados, y reunir el valor para acudir a instancias judiciales.

Esto ocurre, según explicó, por mecanismos de manipulación como el grooming, donde el agresor gana la confianza del menor para abusar de él, a menudo disfrazando el abuso como una “relación”.

SCJN niega amparo a Luis de Llano

Luis de Llano fue sentenciado en septiembre de 2023 por la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, la cual le ordenó reparar el daño moral causado, ofrecer una disculpa pública, tomar un curso especializado en prevención de conductas de abuso sexual y abstenerse de mencionar a la víctima o el caso públicamente.

Al intentar revocar esta sentencia, el productor alegó que se habían violado sus derechos al modificar la resolución de primera instancia y que los padres de Sokol estaban al tanto de la relación, por lo que —según él— debieron haberlo demandado en su momento.

La Corte desestimó estos argumentos, subrayando que el consentimiento de adultos o terceros no justifica ni legaliza el abuso sexual contra menores de edad.

SCJN niega amparo a Luis de Llano por caso Sasha Sokol
Sasha Sokol y Luis de Llano | Foto: Especial

Un precedente que cambia el panorama legal

El ministro Pardo Rebolledo profundizó en los retos que enfrentan las víctimas para identificar que están en peligro, especialmente cuando se normalizan las relaciones impropias en entornos marcados por desigualdad de género, pobreza y adultocentrismo. Además, enfatizó que el silencio social o la romantización de estas dinámicas invisibiliza a las víctimas y refuerza patrones de impunidad.

En su exposición, el ministro también citó un informe de la Relatora Especial de la ONU sobre la venta y explotación sexual infantil en la industria del entretenimiento, señalando que los abusos son comunes en contextos como el cine, la música y otros espacios donde los adultos tienen poder sobre menores.

Un proceso que comenzó en 2022

Fue en marzo de 2022 cuando Sasha Sokol denunció públicamente a Luis de Llano por abuso, revelando que mantuvo una relación con él desde que tenía 14 años. Poco después, el productor confirmó en una entrevista que dicha relación existió y se prolongó por casi cuatro años, lo que motivó a la artista a presentar una demanda civil por daño moral.

El caso fue atraído por la SCJN en octubre de 2024, a solicitud del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, debido a su trascendencia constitucional. Sasha anunció entonces que la Suprema Corte sería quien definiría el destino legal de su denuncia.

Tras el fallo, Sokol expresó que ninguna sentencia por sí sola puede reparar el daño sufrido, pero sí reconoció que la resolución le devuelve el control sobre su historia. También reiteró que donará la reparación económica a ADIVAC, una organización que combate el abuso sexual infantil.



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