Tras el análisis del Tribunal Pleno, la Corte concluyó que dichas restricciones vulneraban derechos fundamentales, lo que llevó a la modificación del artículo 40 de la legislación estatal.
Nueva Ley del Registro Civil permite elegir orden de los apellidos de tu hijo: ¿Cómo funciona y dónde aplica?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un paso clave en materia de identidad y derechos familiares al declarar que la Ley del Registro Civil restringía injustificadamente la libertad de madres y padres al impedir el uso de apellidos compuestos en el registro de sus hijos.
La resolución se derivó de la Acción de Inconstitucionalidad 115/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la cual impugnó el Decreto 747/2024 al considerar que limitaba decisiones que pertenecen al ámbito privado y familiar.
Tras el análisis del Tribunal Pleno, la Corte concluyó que dichas restricciones vulneraban derechos fundamentales, lo que llevó a la modificación del artículo 40 de la legislación estatal.
¿Dónde aplica esta nueva Ley del Registro Civil?
El fallo, que fue publicado el miércoles 10 de diciembre en el Diario Oficial del Estado (DOE), redefine las reglas del registro civil en Yucatán.
A partir de esta reforma, los padres biológicos o adoptivos podrán inscribir a sus hijas e hijos utilizando apellidos compuestos o incluso combinar más de dos apellidos simples, sin necesidad de autorizaciones adicionales ni del consentimiento obligatorio del otro progenitor en casos específicos.

De acuerdo con la SCJN, la elección de los apellidos forma parte de la identidad personal y tiene una carga emocional y cultural significativa, por lo que debe ser protegida dentro de la esfera privada de las familias.
Un avance con impacto nacional
Aunque Yucatán fue una de las primeras entidades en flexibilizar el orden de los apellidos desde 2013, esta resolución fortalece y amplía el marco legal, alineándolo con criterios constitucionales.
Además, se enmarca en un proceso más amplio de reformas que, a partir de 2026, permitirán en todo el país elegir libremente el orden de los apellidos al registrar a un recién nacido, dejando atrás la imposición automática del apellido paterno en primer lugar.
El objetivo central de estas modificaciones es promover la igualdad de género desde el nacimiento y reconocer que ambos progenitores tienen la misma relevancia en la construcción de la identidad de sus hijos.
¿Cómo se realizará el proceso con la nueva Ley del Registro Civil?
Para registrar a un menor bajo esta nueva modalidad en Yucatán, los padres deberán acudir al Registro Civil con la documentación habitual: actas de nacimiento, identificaciones oficiales vigentes y, de ser posible, un acuerdo claro sobre la combinación de apellidos que desean asignar.
Las autoridades deberán verificar que los datos queden correctamente asentados para evitar problemas posteriores en documentos oficiales.
En caso de personas ya registradas que busquen modificar o invertir el orden de sus apellidos, el trámite podrá realizarse mediante una rectificación de acta, con costos que varían según la entidad federativa.
Un cambio histórico en la identidad legal
La reforma al artículo 40 no elimina los apellidos ni altera su valor legal, pero sí rompe con esquemas tradicionales que relegaban el apellido materno.
Para muchos especialistas y colectivos, este ajuste representa un avance histórico en México, al reconocer la igualdad entre mujeres y hombres desde el acto mismo del registro de nacimiento y al otorgar a las familias mayor libertad para definir cómo se presentará su identidad ante la sociedad.









