El registro de Pensión para Personas con Discapacidad en Puebla se hará de manera presencial y por orden alfabético durante este mes de marzo.

Registro de Pensión para Personas con Discapacidad en Puebla: Fecha y requisitos



El registro de Pensión para Personas con Discapacidad en Puebla y todo el país pronto iniciará y aquí te decimos las fechas y los requisitos.
Este programa del Bienestar aporta un apoyo económico de 3 mil 300 pesos bimestrales que se entregan de forma directa a los beneficiarios.

Además, está dirigido para personas con discapacidad permanente de 0 a 64 años y a partir de los 65 reciben la Pensión para Adultos Mayores.
Sin embargo, el apoyo en Aguascalientes, Coahuila, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro se otorga de 0 a 29 años y continúa hasta los 64 años en municipios y localidades indígenas, afromexicanas o con alto o muy alto grado de marginación.
¿Cuándo inicia el registro de Pensión para Personas con Discapacidad en Puebla?
El registro de Pensión para Personas con Discapacidad en Puebla y 23 estados más inicia el próximo 23 de marzo y concluye hasta el 29 de este mes.
No obstante, el proceso de solicitud únicamente se puede hacer de manera presencial en los Módulos de Bienestar que se encuentran abiertos en un horario de 10:00 a 16:00 horas y puedes ubicarlos en la página gob.mx/bienestar.
Además, el registro de Pensión para Personas con Discapacidad en Puebla se hará por orden alfabético, por lo que aquí te dejamos el calendario:
- A, B, C: lunes 23
- D, E, F, G, H : martes 24
- I, J, K, L, M: miércoles 25
- N, Ñ, O, P, Q, R : jueves 26
- S, T, U, V, W, X, Y, Z: viernes 27
- Todas las letras: sábado 28 y domingo 29
Requisitos para el registro de Pensión para Personas con Discapacidad en Puebla:
- Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, credencial del INAPAM o carta de identidad)
- CURP de impresión reciente
- Acta de nacimiento
- Comprobante de domicilio no mayor a 6 meses (recibo de teléfono, luz, agua o predial)
- Certificado médico de discapacidad permanente emitido por una institución pública de salud
- Teléfono de contacto (celular y de casa)

Si la persona solicitante no puede acudir personalmente, tiene derecho a nombrar a un auxiliar para que acuda en su representación.
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