México

¿Ya no trabajas? Con Modalidad 40 del IMSS puedes seguir cotizando; estos son los requisitos

La Modalidad 40 del IMSS permite a los asegurados continuar cotizando, aunque hayan sido dados de baja, aunque debes cumplir con estos requisitos.

Modalidad 40 del IMSS permite seguir cotizando sin trabajar

Si buscas seguir cotizando a pesar de que ya no tienes un empleo formal en México, se lanzó la Modalidad 40 del IMSS, que te permite seguir sumando semanas para tu pensión.

Sin embargo, hay algunos requisitos que debes cumplir para poder ser parte de este esquema para garantizar tu futuro económico.

Si creías que tras una pausa laboral ya no ibas a poder seguir acumulando semanas para poder pensionarte, no te preocupes, pues la Modalidad 40 del IMSS te permite hacerlo.

Modalidad 40 del IMSS permite seguir cotizando sin trabajar
Con este esquema podrás seguir aportando a tu pensión hasta poder jubilarte | Foto: Gobierno de México

Modalidad 40 del IMSS permite seguir cotizando sin trabajar

Los requisitos para los pensionados en el Régimen Ley 1973 y Régimen Ley 1997 (cuentas individuales) varían:

Semanas mínimas para pensión:

  • 500 (Ley 1973)
  • 852 (Ley 19997), aunque en este último caso aumentan anualmente hasta las mil en 2031

Efecto del salario base:

  • Incide directamente en el promedio salarial, semanas totales y edad de retiro (Ley 1973)
  • Incrementa el saldo acumulado en la cuenta individual (Ley 1997)

Determinación del monto:

  • Se basa en el promedio salarial, semanas totales y edad de retiro (Ley 1973)
  • Se basa en el monto ahorrado para renta vitalicia o retiro programado (Ley 1997)

Ramos que cubre:

  • Invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (Ley 1973)
  • Invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (Ley 1997)
Modalidad 40 del IMSS permite seguir cotizando sin trabajar
Estas son los asegurados que podrán continuar cotizando | Foto: Gobierno de México

Requisitos de Modalidad 40 del IMSS

La Modalidad 40 del IMSS permite al asegurado a elegir el salario base de cotización con el que cubrirás las cuotas, por lo que puedes mejorar el monto de tu pensión, aunque elegir uno muy alto sin tener la solvencia económica te puede generar problemas.

Estos son los asegurados que se pueden inscribir y los requisitos:

  • Las personas trabajadoras que hayan sido dadas de baja en el régimen obligatorio del IMSS
  • Contar con un mínimo de 52 semanas acreditadas bajo el régimen obligatorio en los últimos 5 años anteriores a la baja
  • Realizar el trámite mediante solicitud por escrito dentro de un plazo no mayor a 12 meses a partir de la fecha de baja

Los asegurados bajo la Ley 1997 no genera el derecho a los servicios médicos, aunque existe la opción de contratarlos de manera independiente a través del Seguro de Salud para la Familia.

Además, se puede elegir que la inscripción en la Modalidad 40 del IMSS surta efectos a partir de la fecha de la solicitud o de manera retroactiva, a partir del siguiente día de la baja.

Para este último caso, deberá cubrirse por el periodo transcurrido desde la baja hasta la formalización del trámite, incluyendo las actualizaciones y recargos legales aplicables.

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