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Así puedes reclamar las Afores de tus familiares fallecidos

Para recuperar el dinero de la Afore de una persona fallecida, la Ley del Seguro Social establece que los beneficiarios tienen un plazo de 10 años para reclamarlo

Así puedes reclamar las Afores de tus familiares fallecidos

Muchas personas enfrentan la incertidumbre tras la pérdida de un ser querido, sin saber que podrían tener acceso a recursos acumulados en el Afore de dicho familiar. Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) administran estos recursos que el trabajador acumuló a lo largo de su vida laboral, en caso de estar afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Es crucial conocer quiénes pueden ser beneficiarios de estos recursos. Existen dos tipos de beneficiarios: los legales y los sustitutos.

Beneficiarios legales:

  • La viuda o el viudo.
  • Los hijos menores de 16 años o mayores, siempre y cuando sigan con sus estudios o no puedan mantenerse por sí solos.
  • La concubina o el concubinario que pueda demostrar esa unión.
  • En ausencia de los anteriores, cada uno de los ascendientes del trabajador que dependan económicamente de él.
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Beneficiarios sustitutos:

  • Aquellos designados directamente por el trabajador en la Afore, no necesariamente familiares.
  • Pueden acceder a los recursos cuando no haya beneficiarios legales.

Para recuperar el dinero de la Afore de una persona fallecida, la Ley del Seguro Social establece que los beneficiarios tienen un plazo de 10 años para reclamarlo, a partir de que el trabajador cumple la edad para jubilarse (60 años). Después de este plazo, los recursos no reclamados pasarán al IMSS.

Si se identifica como beneficiario, el primer paso es acudir a la subdelegación del IMSS donde el trabajador estaba adscrito y luego dirigirse al área de afiliación y vigencia para conocer los requisitos para acceder a los recursos y obtener la resolución de pensión correspondiente.

Posteriormente, se debe acudir a la Afore donde estaba registrado el trabajador y llenar el formato de Disposición de Recursos proporcionado por la administradora.

Una vez procesada la solicitud, la Afore entregará al beneficiario los recursos correspondientes.

Es esencial verificar bajo qué ley fue registrado el empleado (Ley del Seguro Social 73 o Ley del Seguro Social 97) para determinar qué recursos se recibirán.

Documentos requeridos:

  • Documento con el Número de Seguridad Social del titular de la cuenta.
  • Identificación oficial, acta de nacimiento y CURP del titular de la cuenta.
  • Certificado de defunción.
  • Comprobante de domicilio reciente.
  • Estado de cuenta bancario del beneficiario con número de CLABE.
  • Estado de cuenta de la Afore.
  • Formato de designación de beneficiarios (si aplica).

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