El Día de Muertos no es descanso obligatorio según la Ley Federal del Trabajo.

¿Trabajas el 1 o 2 de noviembre? ¿Te deben pagar extra? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Si este 1 o 2 de noviembre tienes que presentarte a trabajar, debes saber que ninguna de estas dos fechas está considerada como día de descanso obligatorio en México, por lo que las empresas pueden mantener sus actividades con normalidad y no están obligadas a pagar una cantidad adicional únicamente por tratarse de las celebraciones del Día de Muertos.
El 1 y 2 de noviembre no son días de descanso obligatorio. Si trabajas en estas fechas, no corresponde un pago adicional, de acuerdo con la #LFT. 💀🪦🕯️ ¿Tienes dudas sobre tus #DerechosLaborales? 🤔 ☎️ Contacta a la @PROFEDET al 079 https://t.co/mtqFUcFxdU
— STPS México (@STPS_mx) October 31, 2026
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el Día de Muertos no forma parte de los descansos oficiales establecidos en la Ley Federal del Trabajo (LFT). Por esta razón, el 1 y 2 de noviembre se consideran jornadas laborales ordinarias, salvo que exista un acuerdo distinto entre el trabajador y su centro de trabajo.

Esto significa que las personas que deban acudir a sus empleos el 1 o 2 de noviembre deberán recibir su salario habitual, sin que exista una obligación general de otorgar un pago doble o triple por trabajar esos días.
¿Qué días son de descanso obligatorio en México?
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece las fechas en las que los trabajadores tienen derecho a descansar de manera obligatoria. Entre ellas se encuentran:
- 1 de enero
- Primer lunes de febrero, por el aniversario de la Constitución
- Tercer lunes de marzo, por el natalicio de Benito Juárez
- 1 de mayo, Día del Trabajo
- 16 de septiembre, aniversario de la Independencia de México
- Tercer lunes de noviembre, por la conmemoración de la Revolución Mexicana
- 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- 25 de diciembre, Navidad
- Los días que determinen las leyes electorales para las elecciones ordinarias
¿Tu empresa puede darte el 1 o 2 de noviembre como descanso?
Sí. Aunque la legislación laboral no obliga a suspender actividades durante estas fechas, las empresas pueden conceder el descanso de manera voluntaria.

Esto puede depender de las políticas internas de cada centro de trabajo, los contratos individuales o colectivos y los acuerdos establecidos con los empleados.












