La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso de Puebla aprobó el proyecto de dictamen de la iniciativa de reforma conocida como “Ley Montse”, a través de la cual se castigará hasta con 10 años a quien encubra a feminicidas, debido a que se han presentado casos en los que los familiares protegen a los agresores.
Por unanimidad de votos, los integrantes de la comisión aprobaron el proyecto de dictamen de reforma al artículo 212 del Código Penal del Estado, con lo que parientes y amistades de presuntos feminicidas podrían ser encarcelados.
La propuesta de adición al artículo 212 del Código Penal del Estado señala que lo establecido en la fracción II del artículo 211 no se aplicará para los casos de feminicidio y tentativa de feminicidio.
“Lo dispuesto en la fracción segunda del artículo anterior, no es aplicable cuando se trate del delito de feminicidio contemplado en el artículo 338, así como la tentativa de feminicidio prevista en el artículo 338 Quinquies”, expuso.
¿Cómo surge la Ley Montse?
Esta iniciativa fue promovida derivada del feminicidio de Montserrat Bendimes Roldán, joven veracruzana de 20 años, quien presuntamente fue atacada por su pareja Marlon “N” el 17 de abril de 2021, la víctima sufrió un traumatismo craneoencefálico que causó su muerte cerebral. Sin embargo, el agresor fue encubierto por sus padres, quienes lo ayudaron a evadir la justicia durante más de 1 año.
El artículo 210 del Código Penal local establece que se impondrá pena de prisión de 4 a 10 años y de mil a 2 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien de forma intencional altere, destruya, pierda o perturbe ilícitamente el lugar de los hechos, los indicios, huellas o vestigios del hecho delictivo o los instrumentos, objetos o productos del delito; desvíe u obstaculice la investigación, además de favorecer que el inculpado se sustraiga de la acción de la justicia.
Pero, el artículo 211 del Código señala que lo dispuesto en la fracción segunda del artículo 209 de este Código no comprende al cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes en línea recta o colateral dentro del segundo grado, así como los que al sujeto activo deban respeto, gratitud, amor o estrecha amistad o vivan con él en la situación.
La diputada Nora Merino Escamilla, promovente de la iniciativa, celebró que se haya aprobado la excluyente absolutoria de la que gozan los parientes y amistades de un presunto culpable del delito de feminicidio.
“Con esto serían castigados al encubrirlos o ayudarles a sustraerse de la justicia, ya hay otros cuatro estados de la República en los que ha sido aprobada y su aprobación es crucial para disminuir las redes de protección a los delincuentes y brindar justicia a las familias de las víctimas”, externó.
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