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Congreso de Puebla a un paso de aprobar matrimonios igualitarios; este viernes se aprueban en comisiones

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Osvaldo Valencia / @Osva_Valencia

Después de tres años de espera y dos jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Congreso de Puebla reformará el Código Civil del Estado para reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo.

La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso Local convocó a sesión para este viernes 30 de octubre a las 13 horas para aprobar solamente ese dictamen que reforma diversas disposiciones del Código Civil del Estado.

A pesar de que se han presentado tres iniciativas para reformar en materia de matrimonio igualitario, los diputados solamente analizarán la propuesta de la diputada Vianey García Romero, presidenta de la Comisión de Gobernación.

La diputada morenista argumentó que solamente estudiarán esa iniciativa debido a que las propuestas de reforma de los diputados Rocío García Olmedo y Marcelo García Almaguer fueron turnadas a comisiones unidas. Las propuestas de la legisladora priista y el diputado sin partido se encuentran en las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales; Procuración y Administración de Justicia; De la Familia y los Derechos de la Niñez; y de Derechos Humanos.

La iniciativa de la diputada Vianey García redefine la concepción del matrimonio para eliminar su limitación de “un solo hombre y una sola mujer”.

“Artículo 294.- El matrimonio es un contrato civil por el cual dos personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con igualdad de derechos y obligaciones, y para ayudarse en la lucha por la existencia”.

También se prohíbe que haya cualquier forma de discriminación para las personas que quieran ejercer su derecho a la libre unión.

“En términos del régimen constitucional, queda prohibida cualquier forma de discriminación que atente contra este derecho”.

También se modifica la definición del concubinato, concebido actualmente como “la unión de hecho entre un solo hombre y una sola mujer” para que ahora sea definido como la “unión voluntaria y de hecho entre dos personas”.

“Artículo 297.- El concubinato es la unión voluntaria y de hecho entre dos personas, que estando en aptitud de contraer matrimonio entre sí, no lo han celebrado en los términos que la Ley señala; haciendo vida en común de manera notoria y permanente, situación que sólo podrá demostrarse si han procreado hijos o cohabitado públicamente como pareja, durante más de dos años continuos”.

En el artículo 450, la morenista propone adicionar un párrafo para que el juez tome en cuenta la opinión de los menores de 12 años cuando se trate de parejas homoparentales.

El 2 de agosto de 2017, la SCJN resolvió la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) que pedía eliminar de la redacción del artículo 294 del Código Civil del Estado la porción que definía al matrimonio como la unión “un solo hombre y una sola mujer se unen en sociedad para perpetuar la especie y ayudarse en la lucha por la existencia”.

El 8 de octubre de 2019, el Congreso de Puebla reformó el artículo 294 del Código Civil local para solamente eliminar de la redacción el “perpetuar la especie” como fin del matrimonio en Puebla.

En septiembre de 2020, el Congreso Local recibió observaciones de la Corte para reformar el Código Civil de Puebla en materia de matrimonio igualitario y no caer en desacato.

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