Osvaldo Valencia / @Osva_Valencia
El Congreso de Puebla aprobó eliminar la extinción de la acción penal en contra de quienes cometan delitos sexuales en el estado, y castigar hasta con siete años de cárcel a quienes conozcan de estos delitos y no presenten las denuncias o den información a las autoridades.
Las reformas a los artículos 128 Bis y 278 Octies del Código Penal del Estado fueron aprobadas por 40 votos a favor y 1 en contra, en lo general; y 19 votos a favor, una abstención y 13 en contra en lo particular.
Con las modificaciones aprobadas, los delitos en los que no se podrá prescribir la acción penal es el de corrupción a menores e incapaces o de personas que no puedan resistir contempladas en la fracción I del artículo 217, pornografía de menores e incapaces, ciberacoso, violación a la intimidad sexual, abuso sexual, estupro, hostigamiento sexual, acoso sexual, violación, feminicidio y homicidio doloso.
Mientras que, a quienes tengan conocimiento de estos delitos y no informe o denuncien podrán ser castigados con pena de cárcel de dos a siete años.
La diputada de MORENA, Cristina Tello Rosas, señaló que en el 30 por ciento de los casos el agresor resulta ser el padrastro; 30 por ciento de las veces lo cometen abuelos; mientras que los primos, tíos o cuidadores son los responsables en el 40 por ciento.
Manifestó que en seis de cada 10 agresiones se cometen en el entorno familiar, mientras que cuatro de cada 10 casos son en contra de menores de 15 años.
La coordinadora del PAN, Mónica Rodríguez Della Vecchia, se manifestó en contra de sancionar a quienes conozcan los delitos y no denuncien debido a que la medida puede victimizar a quienes nos presionados por los agresores para no denunciar el caso.
En tanto, el diputado de Movimiento Ciudadano, Carlos Alberto Morales Álvarez, expresó que los diputados se exceden al castigar de forma más severa a quienes conozcan casos de abuso sexual, acoso sexual, hostigamiento sexual y ciberacoso que a quienes lo cometan.