Puebla

En Puebla, Morena busca liberar mujeres que estén presas por abortar, personas que cometieron robo simple indígenas con Ley de Amnistía

Esteban López / @Estevanz01 

En Puebla, el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) buscará liberar mujeres que hayan sido procesadas por abortar, personas que cometieron robo simple e indígenas que fueron vulnerados sus derechos en juicio.

Este día, ingresó al Congreso del estado, la Ley de Amnistía impulsada por el coordinador de la bancada de Morena, Gabriel Biestro Medinilla, la cual aplicará para personas que no sean reincidentes en estos delitos.

Sin embargo, esta propuesta busca hacer justicia a personas consideradas como grupos vulnerables.

La iniciativa firmada por Biestro Medinilla establece en el artículo 1 lo siguiente: “Se decreta amnistía en favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado o pudiera ejercitarse acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme ante los tribunales del fuero común del Estado de Puebla, siempre que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciadas o sentenciadas, por los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley”.

La iniciativa tendrá que ser analizada por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia. En caso de aprobarse, el Congreso del estado tendrá 80 días para hacer las modificaciones.

Mientras que el gobierno del estado tendrá el mismo plazo de tiempo para integrar la Comisión de Vigilancia que establece la ley la cual entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Para estos delitos aplicará la Ley de Amnistía  

El artículo 2 de la Ley de Amnistía, establece los delitos en los que podrá aplicar la Ley de Aministía y son los siguientes:

  • «Por el delito de aborto, en cualquiera de sus modalidades, previsto en el Código Penal para el Estado de Puebla. Cuando se impute a la madre del producto del embarazo interrumpido y se impute a los médicos y parteros, siempre que la conducta delictiva se haya llevado a cabo sin violencia y con el consentimiento de la madre del producto del embarazo interrumpido.
  • Para indígenas que se hayan vulnerado sus derechos durante el proceso, como no contar con un intérprete para llevar a cabo la traducción. Sin embargo, esto aplicará en los siguientes casos: Por defender su tierra, agua, bosques y selvas; cuando se compruebe que se encuentran en situación de extrema pobreza o de extrema vulnerabilidad por su condición de exclusión; y discriminación, por temor fundado o porque hayan sido obligados por la delincuencia.
  • Por el delito de robo simple y sin violencia, siempre que no amerite pena privativa de la libertad de más de cinco años.
  • Por sedición y delitos políticos, o porque hayan invitado, instigado o incitado a la comisión de otros delitos formando parte de grupos impulsados por razones políticas con el propósito de alterar la vida institucional, siempre que no se trate de terrorismo y que en los hechos no se haya producido la privación de la vida, lesiones graves a otra persona o se hayan empleado o utilizado armas de fuego».

El documento aclara que, quedarán excluidas las personas que hayan cometido delitos contra la vida, la integridad corporal, secuestro o hayan utilizado en la comisión del delito violencia o armas de fuego.

Mientras que los beneficiados con esta ley, no deberán ser reincidentes ni procesadas por los mismos hechos en un futuro.

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