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Puebla pone freno a cobros excesivos de grúas: estas son las nuevas tarifas oficiales

El gobierno de Puebla emitió un tabulador para terminar con los cobros excesivos de grúas. En el nuevo esquema se clasifican los servicios y si el arrastre se da por multa, accidente, robo o salvamento
portada estas son las nuevas tarifas oficiales

Para terminar con los cobros excesivos de grúas y depósitos, la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Puebla emitió un nuevo esquema tarifario obligatorio para los servicios de arrastre, salvamento y depósito de vehículos.

En el Periódico Oficial del Estado se emitieron los tabuladores que van de acuerdo con una clasificación de grúas y el tipo de servicio de arrastre que brinde ya sea por multa, accidente, robo o salvamento

En el documento se establece que el cambio estructural responde a una problemática histórica: cobros excesivos, falta de certeza en los precios y ausencia de regulación clara, lo que derivó en múltiples inconformidades y litigios por parte de usuarios que denunciaron abusos al momento de requerir una grúa.

Este es el tabulador de precios para terminar con cobros excesivos de grúas en Puebla

La dependencia estatal publicó un tabulador oficial de tarifas fijas, expresadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA), con lo cual se termina el incremento discrecional

En primer lugar, se emitió un tabulador de grúas, ya sea de pluma o de plataforma, las cuales se identifican por peso, capacidad de carga.

En segundo lugar, se tiene un tabulador de precios que debe dar cada categoría de grúa si el arrastre que prestarán es de multa, accidente, robo o algún tipo de salvamento.

En la siguiente imagen te mostramos los costos en UMAs y pesos dependiendo del tipo de grúa que te brinde el servicio.

Tabla estas son las nuevas tarifas oficiales

Precios por depósito de vehículos diarios en la nueva modalidad

En los corralones deberán cobrarte de acuerdo con un tabulador en el que se especifica el precio para cada tipo de vehículo.

  • Bicicletas: 0.176 UMA
  • Motocicletas: 0.176 UMA
  • Automóviles: 0.562 UMA
  • Camionetas: 0.632 UMA
  • Camiones: 1.25 UMA
  • Convertidor: 0.65 UMA
  • Tractores Agrícolas: 1.052 UMA
  • Tractocamiones: 1.052 UMA
  • Autobuses: 1.228 UMA
  • Remolques y Semirremolques: 1.228 UMA
  • Tractocamiones con Semirremolque: 1.40 UMA
  • Tractocamiones con Doble Semirremolque: 2.379 UMA

En el Periódico Oficial del Estado se estipula lo siguiente:

  • Obligatoriedad Total: Las tarifas son obligatorias para cualquier servicio solicitado por instancias públicas.
  • Montos Máximos: Los precios son topes, se puede pactar un costo menor bajo justificación.
  • Prohibición de Cobros Fantasma: Está estrictamente prohibido el cobro de conceptos adicionales no contemplados. El único extra permitido es el costo por depósito (piso).
  • Registro Indispensable: Solo operadores debidamente registrados y autorizados por la Secretaría de Movilidad y Transporte podrán prestar el servicio.
  • Sin Cargos al Retirar del Depósito: No se cobrarán maniobras adicionales al momento de retirar el vehículo del corralón; el operador debe garantizar acceso libre y seguro.




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