Política

Presentan Ley Alina en Puebla: plantean legítima defensa en casos de violencia de género

Presentaron la Ley Alina en Puebla a través de la cual se establecerá que sea legitima defensa en casos de violencia de género, cuando una mujer lesione o mate a su agresor

Presentan Ley Alina en Puebla: plantean legítima defensa en casos de violencia de género

En el Congreso local fue presentada la iniciativa denominada Ley Alina en Puebla, la cual propone modificaciones al Código Penal para reconocer la legítima defensa en casos relacionados con mujeres víctimas de violencia de género.

La propuesta fue presentada por la diputada del PAN, Celia Bonaga durante la sesión ordinaria de este jueves

La propuesta establece que las autoridades deberán juzgar estos casos bajo perspectiva de género, considerando el contexto previo de violencia que enfrenten las víctimas.

Presentan Ley Alina en Puebla
Diputada del PAN, Celia Bonaga durante la sesión ordinaria | Foto: Agencia Enfoque

¿Por qué se presentó la Ley Alina en Puebla?

El caso de Alina Narciso es el que impulso esta legislación. Ella era una policía municipal de Tijuana, en diciembre de 2019 se defendió de las agresiones de su pareja, a quien mató con su arma.

Fue condenada a 45 años de cárcel, pero tres años después fue liberada debido a que se justificó la legitima defensa, lo que generó una reforma para reconocer estos casos.

¿Qué dice la reforma presentada en Puebla?

La iniciativa señala que serán causas de exclusión del delito los actos realizados en legítima defensa. En los casos relacionados con mujeres víctimas de:

  • violencia de género
  • violencia familiar
  • violencia sexual
  • cualquier forma de violencia contra la mujer

La autoridad deberá juzgar con perspectiva de género, tomando en cuenta el contexto de violencia previa, sistemática o estructural.

Asimismo, se considerará legítima defensa cuando una persona actúe para proteger a una mujer que se encuentre en situación de violencia de género y cause daño al agresor con el propósito de hacer cesar dicha conducta, siempre que se cumplan los requisitos legales correspondientes.

El proyecto también plantea que no se considerará exceso en la legítima defensa cuando la persona agredida actúe bajo circunstancias de miedo, terror, o un estado emocional derivado de la violencia de género,

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