Estas modificaciones a la Ley de Ciberseguridad propone Movimiento Ciudadano

Proponen la modificación a la ley de ciberasedio mediante la precisión de los actos que constituyen este delito y su exclusión cuando se trate de expresiones contra autoridades.
Durante la sesión ordinaria del Congreso de Puebla de este 3 de julio, la diputada Fedrha Suriano, de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa que reforma el artículo 480 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
La propuesta tiene como objetivo generar condiciones de mayor certeza jurídica para la ciudadanía, en el contexto de la ley de ciberseguridad. Destaca la exclusión cuando se trate de expresiones contra autoridades.

Nueva redacción del artículo 480 del Código Penal
La redacción vigente sanciona el insulto, injuria, ofensa, agravio o vejación con insistencia, cuando causa daño emocional o físico. La nueva propuesta establece lo siguiente:
“Comete el delito de ciberasedio quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, coaccione, calumnie o incite a la violencia en contra de otra persona de manera reiterada produciendo una afectación a la integridad psicológica de la víctima.”
#EnVídeo 🤳🏻 Mediante la precisión de los actos que constituyen ciberasedio y su exclusión cuando se trate de expresiones contra autoridades. es como la legisladora @FedhraSuriano propone la modificación a la ley de ciberasedio
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También se especifica que la reiteración se configura cuando la conducta se repite en dos o más ocasiones.
Además, se establece que:
“La coacción, calumnia o incitación a la violencia en contra de personas servidoras públicas o instituciones gubernamentales, no será considerado como ciberasedio; lo anterior sin perjuicio de las sanciones que procedan si resultare la comisión de otro delito.”
Sanciones y agravantes por ciberasedio
La iniciativa propone una pena de seis meses a dos años de prisión y una multa de cincuenta a trescientos días de la UMA vigente para quien cometa este delito.
En caso de que la víctima sea menor de edad, la sanción se incrementará desde una tercera parte de la pena mínima hasta dos terceras partes de la pena máxima.
La propuesta queda sujeta al análisis de comisiones y su posible aprobación por el pleno legislativo en las próximas sesiones.
