Política

Vientres de alquiler en Puebla: así es la propuesta que regula la gestación por contrato

La iniciativa sobre vientres de alquiler en Puebla propone regular la gestación por contrato con requisitos médicos, edad limitada, clínicas autorizadas y adopción plena del recién nacido por los padres contratantes.
Vientres de alquiler en Puebla así es la propuesta que regula la gestación por contrato

Una iniciativa presentada en el Congreso local busca regular la reproducción asistida y la gestación por contrato, también conocida como vientres de alquiler en Puebla, estableciendo requisitos médicos, jurídicos y sociales para todos los involucrados.

La propuesta fue presentada por la legisladora Nayeli Salvatori y plantea reformar el Código Civil del Estado y la Ley Estatal de Salud para permitir procedimientos de gestación subrogada y sustituta exclusivamente entre mexicanos residentes en el país.

El contrato de gestación sería válido solo cuando la madre contratante acredite una imposibilidad médica para llevar un embarazo y la mujer gestante cumpla con un perfil clínico, psicológico y social favorable, verificado por la Secretaría de Salud.

Entre los puntos clave se establece que la mujer gestante deberá tener entre 25 y 35 años, no haber estado embarazada en el último año y no haber participado más de dos veces en este tipo de procedimientos.

Vientres de alquiler en Puebla así es la propuesta que regula la gestación por contrato
La propuesta fue presentada por la legisladora Nayeli Salvatori y plantea reformar el Código Civil del Estado y la Ley Estatal de Salud para permitir procedimientos de gestación subrogada | Foto: Agencia Enfoque

Además, deberá renunciar a cualquier vínculo de parentesco con el recién nacido, quien será adoptado plenamente por los padres contratantes mediante resolución judicial.

La fecundación podrá ser homóloga o heteróloga, es decir, con gametos de ambos cónyuges o con la participación de un donante.

El contrato deberá firmarse ante notario público y podrá incluir al cónyuge de la gestante si lo hubiera. Todo procedimiento deberá realizarse en clínicas autorizadas y con personal acreditado.

Vientres de alquiler en Puebla: requisitos y límites

La iniciativa define dos modalidades de gestación por contrato:

Subrogada: la gestante aporta su óvulo y entrega al bebé mediante adopción plena.

Sustituta: la gestante solo porta el embrión fecundado con gametos de los contratantes.

Cualquier contrato será nulo si incumple con los requisitos legales o si se acredita falsedad en la documentación. Se excluye expresamente a mujeres con adicciones o trastornos mentales, y se requiere una póliza de seguro de gastos médicos mayores a favor de la gestante para cubrir embarazo, parto y puerperio.

La propuesta también contempla sanciones civiles y penales para médicos, clínicas o notarios que incumplan con las disposiciones. Los contratos deberán ser aprobados por un juez mediante procedimiento no contencioso.

Cambios en la Ley Estatal de Salud

Con esta iniciativa, la Secretaría de Salud del Estado asumiría nuevas facultades, como regular y vigilar las prácticas médicas de reproducción humana asistida, expedir certificados de gestación asistida y coordinar la supervisión de nacimientos derivados de estas técnicas.

La propuesta agrega como certificado sanitario oficial el de «Gestación Asistida y Maternidad Subrogada», junto con los ya existentes de nacimiento, muerte fetal o prenupciales.

El propio documento aclara que es necesaria la generación de más estudios que evalúen los “aspectos médicos, psicológicos y sociales de la gestación subrogada, así como sobre las experiencias y necesidades de las personas”, motivo por el cuál está prohibido en muchos países, pero justifica la propuesta para evitar clandestinidad.



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