Los diputados locales del Congreso de Puebla aprobaron el proyecto de dictamen con el que se tipificará y sancionará la Violencia Vicaria en contra de las mujeres en el estado hasta con 10 años y 8 meses de cárcel.
En sesión de comisiones unidas de Procuración y Administración de Justicia, de Igualdad de Género, de la Familia y Derechos de la Niñez aprobaron por unanimidad de votos las iniciativas enviadas por las diputadas Mónica Silva Ruiz, Aurora Sierra Rodríguez y Daniela Mier Bañuelos.
El dictamen, que reforma la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla; Ley de Prevención, Atención y Sanción de la Violencia Familiar; Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; al Código Civil y Penal para el Estado.
Con estas modificaciones se establecerá la Violencia Vicaria como todo acto u omisión intencional, con el objeto de causar daño a la víctima a través del perjuicio, maltrato, descuido y/o manipulación de las hijas e hijos; así como el daño o menoscabo del vínculo filial con la víctima.
“Es una manifestación de violencia por parte de quien mantiene o mantuvo una relación afectiva o sentimental de pareja con la víctima, que por sí o por interpósita persona, utiliza a las hijas y los hijos de la víctima como instrumento para causarle daño”, señala el dictamen.
Se busca que, en el Código Penal se integren como agravante la Violencia Vicaria en el delito de Violencia Familiar, que actualmente se castiga con prisión de 2 a 8 años de cárcel.
El dictamen establece que “Independientemente de lo establecido en el párrafo anterior, la pena podrá incrementarse hasta en un tercio, cuando de cometerse en contra de una niña, niño o adolescente, se les utilice como instrumento para causar daño a la madre”
Con esta incorporación, la Violencia Vicaria sería castigada hasta con 10 años y 8 meses de prisión a quien ejerza esta modalidad de violencia familiar.
Asimismo, se busca que el Juez pueda modificar la patria potestad y custodia en beneficio de las niñas, niños y adolescentes, ya sea de forma provisional o definitiva, cuando se ejerzan conductas para evitar la convivencia de las niñas, niños y adolescentes con la persona o personas que tengan reconocido judicialmente su derecho a la misma.
La diputada del Partido del Trabajo, Mónica Silva Ruiz, enfatizó que este tipo de violencia solo la sufren las mujeres, por lo que no se puede considerar que los hombres sean víctimas de este tipo de actos.
“La Violencia Vicaria únicamente se puede ejercer de hombres hacia mujeres, hoy centramos la discusión en que este tipo de violencia únicamente es ejercido por los hombres en contra de las mujeres utilizando a una interpósita persona, que en este caso son los hijos (…) esta en particular no puede verse en ninguna óptica que no sea la de perspectiva de género porque son justamente los hombres quienes ejercen este tipo de violencia”.
Comentó que una vez que sea aprobado en el Pleno y publicado en el Periódico Oficial del Estado, las víctimas de violencia familiar podrán ampliar sus denuncias por Violencia Vicaria ante el juez que lleve su caso.
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