La Ley de Identidad de Género fue aprobada por el Congreso del Estado de México (Edomex), por lo que las personas trans mayores de 18 años, podrán solicitar la corrección de su acta de nacimiento.
Ayer, el Congreso de ese estado aprobó modificaciones al Código Civil, para que las personas trans puedan hacer el trámite de corrección previa anotación correspondiente.
Con esta ley, la población trans podrá hacer la corrección de su acta de nacimiento sin necesidad de un juicio.
Con 60 votos a favor, uno en contra y ocho abstenciones, los diputados mexiquenses aprobaron modificar el artículo 3 del Código Civil, al que agregaron un capítulo para la expedición de acta por rectificación.
La Ley de Identidad de Género aprobada por el Congreso del Edomex, permitirá a las personas que rectifiquen su acta de nacimiento.
Para ello, deberán acudir al Registro Civil, proporcionar su nombre completo, especificar los datos registrales asentados en el acta primigenia (la que les fue expedida cuando les registraron), dar su nuevo nombre sin apellidos, así como mencionar el género solicitado.
Asimismo, deberán señalar bajo protesta que lo hacen de forma personal y voluntaria, firmar y conceder huella dactilar.
Durante la discusión, la diputada de Morena, Liliana Gollas señaló que la rectificación debe considerarse histórica pues es una deuda que tenían con la comunidad LGBTTTIQ+.
¿Cuántos estados avalan la Ley de Identidad de Género o similares?
Además, del Estado de México, la CDMX, Oaxaca, Puebla, Coahuila, Colima, Chihuahua, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Quintana Roo, San Luis Potosí, Nayarit, Sonora y Tlaxcala tienen leyes similares en favor de la comunidad Trans.
Sin embargo, solo en Jalisco y Oaxaca la corrección de acta de nacimiento es posible en menores de edad, en el resto de estados solo es para mayores de 18 años.
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