Política

Buscan castigar el acecho en Puebla hasta con 3 años de cárcel

Los diputados locales buscan castigar el acecho en Puebla con penas que alcancen los 3 años y 4 meses de prisión, de acuerdo con ciertas agravantes.

Buscan castigar el acecho en Puebla hasta con 3 años de cárcel

Diputados del Congreso del Estado buscan castigar el acecho en Puebla con hasta 3 años de cárcel.

En la sesión del Pleno de este día, los diputados locales presentaron una iniciativa para tipificar el acecho como un delito en el estado.

Para ello, se plantea incorporar los artículos 292 Ter, 292 Quater y 292 Quinquies al Código Penal del Estado.

Buscan castigar el acecho en Puebla

Los diputados buscan castigar el acecho en Puebla definiendo este delito como quien, por medios físicos o digitales, realice de manera reiterada y sin consentimiento de la víctima dos o más actos dirigidos específicamente contra ella.

Las conductas tendrían que buscar intimidar, coaccionar, controlar o afectar la libertad o seguridad personal de la víctima y generar una afectación relevante en su vida cotidiana.

Las acciones que se considerarían acecho en Puebla son:

  • Seguir, perseguir o presentarse de manera reiterada en lugares donde se encuentre la víctima, o bien vigilarla, observarla o espiarla de forma dirigida y persistente, con el propósito de conocer, registrar o supervisar sus movimientos, actividades, ubicaciones o entorno personal.
  • Establecer, intentar establecer o mantener contacto persistente con la víctima a través de cualquier medio de comunicación, plataformas digitales, redes sociales o por interpósita persona, cuando dicha conducta, por su frecuencia, contenido o contexto, resulte idónea para generar intimidación o coacción.
  • Generar Monitorear, rastrear, localizar o recopilar información personal relativa a la víctima, incluyendo datos sobre su ubicación, actividades o relaciones, sin su consentimiento.
  • Realizar actos dirigidos a afectar la libertad, seguridad o patrimonio de la víctima o de personas cercanas a ella, cuando dichos actos sean idóneos para generar intimidación, presión o control.
  • Ejecutar conductas dirigidas a causar daño en la persona, bienes, entorno o relaciones de la víctima, o de personas con quienes tenga vínculos familiares, afectivos o sociales, con la finalidad de mantenerla en estado de intimidación o sujeción.
Buscan castigar el acecho en Puebla hasta con 3 años de cárcel
Buscan castigar el acecho en Puebla hasta con 3 años de cárcel | Foto: Congreso de Puebla

Estas conductas pueden realizarse mediante tecnologías de la información, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital.

No obstante, no bastarían expresiones aisladas, interacciones ocasionales o conductas propias del uso ordinario de estos medios, pues los actos tendrían que estar dirigidos específicamente contra la víctima.

Para determinar que existe una afectación relevante, se considerará si la víctima tuvo que modificar o restringir su forma de desenvolverse en espacios físicos o digitales.

Las penas por cometer acecho en Puebla

Quien cometa este delito se le impondrá de 6 meses a 2 años de prisión y multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA)

El proyecto contempla aumentar las penas hasta en dos terceras partes, llegando hasta los 3 años y 4 meses de prisión, cuando la víctima sea niña, niño o adolescente, persona adulta mayor, persona con discapacidad, mujer o se encuentre en situación de vulnerabilidad.

También aumentará la sanción cuando exista o haya existido una relación de pareja, parentesco, confianza, subordinación o dependencia entre el responsable y la víctima; o se incumpla una orden de protección o medida cautelar.

Se agravará la pena cuando se utilice violencia física o psicológica, armas u objetos para intimidar; si el responsable ingresa sin autorización al domicilio, lugar de trabajo o escuela de la víctima.

Asimismo, si el responsable es persona servidora pública y utilice información, medios o facilidades de su cargo para cometer el delito, o el delito tiene motivos de género la sanción incrementará.

Trabajo de periodistas quedará fuera de las penas por acecho en Puebla

La iniciativa contempla medidas para evitar que el delito afecte actividades relacionadas con la libertad de expresión.

No habrá delito de acecho cuando las conductas sean en ejercicio legítimo de la libertad de expresión, derecho a la información, actividad periodística, investigación, actividad académica, denuncia o defensa de derechos humanos.

La protección aplicaría cuando el objetivo principal sea obtener, verificar, analizar o documentar información relacionada con hechos o asuntos de relevancia pública.

Además, los medios utilizados deberán ser idóneos, necesarios, razonables y proporcionales.

La excepción no aplicaría cuando existan amenazas, violencia, coacción, persecución física, vigilancia en el domicilio, ingreso no autorizado u otros actos objetivamente intimidatorios.

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