México

SCJN legaliza el autoconsumo de alimentos con cannabis, como brownies y gomitas

La SCJN determinó que el autoconsumo recreativo de cannabis también incluye preparar alimentos, como brownies o gomitas, para consumo personal.

Sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación | Foto: Cortesía

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por primera vez, que las autoridades dan visto bueno no solo a la autorización para el autoconsumo recreativo de cannabis en México, sino también legalizan alimentos con cannabis preparados o semipreparados, como brownies, gomitas o paletas, siempre que sean para consumo personal.

Por siete votos contra dos, el Pleno aprobó este jueves el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, que ordena a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) expedir a un particular un permiso que incluya expresamente esa práctica.

La SCJN determinó que el autoconsumo recreativo de cannabis incluye alimentos preparados | Foto: Cortesía
La SCJN determinó que el autoconsumo recreativo de cannabis incluye alimentos preparados | Foto: Cortesía

Qué determinó la Corte sobre los alimentos con cannabis

El Pleno concluyó que preparar cannabis o THC en alimentos para autoconsumo es una actividad culinaria ordinaria y no equivale a fabricar productos sujetos a un régimen sanitario especializado.

La resolución no autoriza la venta, distribución ni el suministro a terceros de esos alimentos. La Corte mantuvo, además, las restricciones para incorporar cannabis en medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos alimenticios, cosméticos, cigarrillos electrónicos y vaporizadores.

Tampoco se modificaron los límites ya existentes: no consumir frente a menores de edad, no hacerlo en lugares públicos sin consentimiento y no conducir vehículos ni operar maquinaria peligrosa bajo los efectos de la sustancia.

Alimentos con Cannabis no son un delito

El litigio se originó en 2024, cuando una persona solicitó a Cofepris autorización para actividades vinculadas con el autoconsumo recreativo de cannabis y THC: siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte.

Ante la falta de respuesta, el solicitante denunció el incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018, emitida por la SCJN en 2021, que eliminó la prohibición absoluta del consumo lúdico de cannabis y THC.

Una jueza federal ordenó a Cofepris emitir la autorización, pero la dependencia incluyó una prohibición para preparar alimentos con la sustancia. La jueza dio por cumplida la sentencia y el quejoso interpuso un recurso de inconformidad.

Con el fallo de este jueves, la Corte revocó el acuerdo del 4 de julio de 2025 que había dado por cumplida esa resolución y ordenó a Cofepris entregar el permiso completo, incluida la preparación de alimentos.

Los argumentos a favor

Batres Guadarrama sostuvo que la preparación de alimentos con cannabis para consumo personal no implica una transformación sustancial en su naturaleza jurídica ni la sujeta a un régimen sanitario especializado.

«La preparación con cannabis no debe ser restringida para el consumo personal», argumentó la ministra Lenia Batres Guadarrama.

El ministro Arístides Guerrero García respaldó el proyecto y explicó que, mientras el Congreso no legisle de otra forma, la autoridad sanitaria debe otorgar las autorizaciones en los términos que fije la Corte.

Los votos en contra

Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y María Estela Ríos González votaron en contra del proyecto. Esquivel Mossa advirtió que los alimentos con cannabis, aun para autoconsumo, podrían ser ingeridos por terceros, incluidos menores de edad.

«Estoy en contra del proyecto, pero no por el libre desarrollo de la personalidad, sino por el riesgo a estos menores de edad», expuso la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

Ríos González, por su parte, argumentó que la propuesta de Batres ampliaba de forma incorrecta los efectos de la declaratoria general y que el libre desarrollo de la personalidad tiene como límite no afectar a terceros.

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Alimentos preparados con cannabis para consumo personal, como brownies y gomitas | Foto: Cortesía

El 25 de junio, al resolver el Recurso de Inconformidad 6/2025, la SCJN también validó que una sola autorización de Cofepris ampare el autoconsumo lúdico de varias personas, siempre que cada una figure expresamente como titular del permiso.

El 4 de febrero, la Corte había resuelto que exceder el límite de cinco gramos de mariguana no configura automáticamente un delito si existen pruebas de que la sustancia era para consumo personal.

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