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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el penalizar el aborto en mujeres que pasen los tres meses de gestación, víctimas de violación en Chiapas.
La Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional el artículo 181 del Código Penal de Chiapas, mismo que solo prevé el aborto legal en casos de violación, cuando este se practique en los 90 días posteriores a la concepción.
“El Estado no puede obligar a la mujer víctima de una violación a asumir sacrificios en su persona, como lo es continuar con un embarazo, y a ofrendar sus propios derechos en beneficio de terceros o del interés general”.
La semana pasada, el Congreso de Hidalgo aprobó con 16 votos a favor, ocho en contra y una abstención, la despenalización de la interrupción del embarazo.
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