La Suprema Corte de México dio un paso histórico al despenalizar el aborto en el país. Con 10 de 11 votos a favor, los ministros declararon inconstitucional los artículos del Código Penal de Coahuila que sancionan penalmente a las mujeres que interrumpan su embarazo.
SCJN despenaliza el aborto
“A partir de ahora no se podrá procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos considerados por este tribunal”, dijo el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.
“Esto representa una nueva ruta de libertad, claridad, dignidad y respeto y un gran paso en su lucha histórica por la igualdad y el ejercicio de los derechos de las mujeres”, explicó.
La ministra Margarita Ríos Farjat se pronunció a favor de la despenalización, pues comentó que la interrupción voluntaria del embarazo no está prohibida en la Constitución, por lo que se debe evitar la intrusión del Derecho Penal en este tema.
Por su parte, el ministro Fernando Franco González Salas afirmó que la Constitución protege al aborto en cuatro hipótesis: durante el inicio de la gestación, si el producto es inviable, si está en riesgo la salud de la mujer y si el embarazo ocurrió en contra de su voluntad.

La justicia mexicana abre así un camino expedito para la interrupción voluntaria del embarazo en el país, donde solo cuatro Estados de los 32 han legislado una ley de plazos.
En el resto se manejan con normas restrictivas que apenas contemplan los riesgos para la madre, las malformaciones del feto y los casos de violación como causas no punibles para abortar. Y no siempre se cumplen.
Con información de La Jornada y El País
Foto: Genaro Villamil
