Política

Piden elevar a 20 años de cárcel penas por abuso sexual en Puebla

La diputada local del PRI busca endurecer las penas por abuso sexual en Puebla y que este delito se investigue de oficio sin denuncia.

Piden subir penas por abuso sexual en Puebla a 20 años

El Congreso local analiza una iniciativa para endurecer las penas por abuso sexual en Puebla con hasta 26 años de prisión en los casos más graves.

La diputada del PRI, Delfina Pozos Vergara, presentó la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado en la pasada sesión ordinaria del Pleno.

La propuesta plantea que el delito de abuso sexual en Puebla sea investigado de oficio por los agentes del Ministerio Público, y no solo cuando se presente la denuncia.

Piden subir penas por abuso sexual en Puebla a 20 años
Las penas por abuso sexual en Puebla podría subirse hasta 26 años | Foto: Agencia Enfoque

En el documento se propone redefinir el consentimiento, estableciendo que no puede presumirse por el silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.

También se incluye agravantes que permite duplicar las penas por abuso sexual en Puebla cuando concurren circunstancias que agravan el hecho.

Por estas causas se duplicarían las penas por abuso sexual en Puebla

Según el Código Penal vigente, el delito de abuso sexual se castiga con penas de 6 a 10 años de prisión, cuando la víctima es mayor de 14 años y el delito se cometió sin su consentimiento.

Asimismo, se impone penas por abuso sexual en Puebla de 6 a 13 años de prisión cuando la víctima es menor de 14 años, se encuentra en situación de indefensión, incapacidad para resistir, o el delito se ejecutó con violencia física o moral.

La iniciativa busca que las penas se dupliquen, y puedan llegar hasta 26 años, cuando el delito se cometa bajo alguna de las siguientes circunstancias, contempladas en el artículo 262:

  • Participen dos o más personas
  • Ocurra en un lugar despoblado, solitario o poco accesible
  • Exista o haya existido una relación de confianza, sentimental, de parentesco, laboral, educativa, docente, deportiva, artística o religiosa entre agresor y víctima
  • Lo cometa una persona que tenga a la víctima bajo su custodia, guarda o dependencia económica
  • Lo cometa una persona servidora pública, un profesionista o un ministro de culto aprovechando su cargo o función (en estos casos, además, se prevé destitución o inhabilitación)
  • La víctima esté embarazada o en puerperio
  • El delito se cometa por la orientación sexual, identidad o expresión de género de la víctima
Piden subir penas por abuso sexual en Puebla a 20 años
La diputada del PRI propuso que se investiguen los abusos sexuales de oficio sin denuncia | Foto: Agencia Enfoque

Asimismo, se impondrá el cumplimiento de la reparación integral del daño a la persona responsable del delito.

Esto incluirá, entre otras medidas establecidas en la Ley General de Víctimas, la atención psicológica especializada para la víctima, hasta su total recuperación.

De aprobarse, la Fiscalía General del Estado (FGE) y el Poder Judicial tendrán 180 días para adecuar sus protocolos de investigación.

Se ordenará capacitación obligatoria en género, consentimiento y violencia sexual para el personal encargado de procurar e impartir justicia.

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