Política

Presentan Ley para Investigar, Sancionar y Reparar Feminicidios en Puebla: Esto propone

Andrés Villegas expuso que en Puebla 200 mujeres fueron asesinadas de enero a agosto de 2024
Presentan Ley para Investigar, Sancionar y Reparar Feminicidios en Puebla Esto propone

En el Congreso local se presentó la Ley para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar Feminicidios en Puebla, con la que se busca la investigación integral de las muertes violentas de mujeres.

La iniciativa fue presentada por el diputado de Morena, Andrés Villegas Mendoza, durante la sesión del Pleno de este día.

En su ponencia, el diputado de Morena expuso que en Puebla 200 mujeres fueron asesinadas de enero a agosto de 2024, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

https://twitter.com/almanaquepuebla/status/1864831697658790007?s=46&t=flqQyLe34j-ceRZLAn9QXQ

Apuntó que de estas 200 mujeres que perdieron la vida, 46 fueron investigadas como feminicidios; lo que coloca a Puebla en sexto lugar nacional de incidencia en ese delito.

La iniciativa es una homologación a la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la muerte violenta de mujeres y niñas,

Agregó que esta ley tiene la finalidad de generar el más alto estándar de protección a las mujeres de Puebla, proponiendo una regulación en la investigación de feminicidios.

¿Qué propone la Ley para Prevenir y Sancionar Feminicidios en Puebla?

La iniciativa de Ley prevé que la persona que sea sujeta a proceso penal por alguno de los delitos relacionados con el feminicidio le sea suspendido el ejercicio de la patria potestad, independiente de que se trate o no de hijos o hijas de la víctima, hasta la resolución definitiva del proceso penal

Esta decisión no irá perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias, además de perder derechos sucesorios con relación a la víctima.



Se amplían a 21 las circunstancias para que la privación de la vida de una mujer será considerada como un feminicidio.

También contempla considerar como agravantes del feminicidio aumentando la pena hasta en una mitad las víctimas que sean menores de edad o adultas mayores; el agresor sea servidor público; se cometa en presencia de los ascendientes o descendientes, parientes por consanguinidad, cónyuge o concubino o concubina de la víctima; y sea cometido por dos o más personas.

También se tipifica como delito el “Suicidio Feminicida por Inducción o Ayuda”; y se castigará a quien induzca u obligue a una mujer al suicidio o le preste ayuda para cometerlo.

Se sancionará la omisión de impedir el delito de feminicidio a que pudiendo intervenir de inmediata y sin riesgo a su vida, no lo impida.

Asimismo, se investigará toda privación de la vida de una mujer como probable femicidio, cualquiera que sea su edad, incluyendo los que de manera inicial parecieran no haber sido causadas por motivos criminales, como suicidio y accidentes

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