El estado de Oaxaca se ha convertido en uno de los que más derechos legales ofrece para la comunidad LGBT+, prueba de ello, es la tipificación de los homicidios por orientación sexual e identidad de género, aprobada recientemente por el Congreso.
La adición al artículo 292 BIS del Código Penal de Oaxaca busca combatir y sancionar con penas de entre 30 y 40 años de cárcel a quien cometa crímenes de odio contra los integrantes de la comunidad LGBT+.
La iniciativa fue propuesta por la diputada Magaly López Domínguez quien indicó que el sistema penal había sido ciego ante este tipo de violencia.
“Ninguna persona debería sentir miedo ni vergüenza de vivir y mostrar su identidad y expresión de género (…) No podemos tolerar más homofobia, no podemos permitir más transfobia”, indicó a través de su cuenta de Twitter.

Esta ley se aplicará cuando la víctima sea integrante de la comunidad LGBT, sea activista o pertenezca a alguna organización defensora de la diversidad sexual.
Esto incluye: señales de homofobia o rechazo a la identidad de género de la víctima. También comprende algunas señales de violencia sexual, mutilaciones, quemaduras, asfixia o el hecho que el cuerpo se exponga en la vía pública.
Y ya que andamos en estos temas, seguramente te interesará saber que el pasado 6 de octubre, Oaxaca se convirtió en el primer estado en el país en aprobar la Ley de Infancias Trans, tras reformar el Código Civil local, para garantizar que las personas mayores de 12 años puedan elegir sobre su identidad de género.
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Con información de Homosensual
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