Gobernador propone que ayuntamientos de Puebla emitan órdenes de protección para mujeres

El gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina propuso al Congreso de Puebla darle la atribución a los ayuntamientos del estado para emitir órdenes de protección en favor de las mujeres que se encuentren en riesgo.
El mandatario de Puebla envió al Poder Legislativo una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica Municipal y a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En los considerandos, Sergio Salomón refiere que las reformas forman parte de un paquete de iniciativas para cumplir con el Plan de Acciones Emergentes para atender la declaratoria de Alerta de Violencia de Género 2023-2024, emitida por la Secretaría de Gobernación federal.
Refiere que el 8 de abril de 2019, la Secretaría de Gobernación federal emitió resolución respecto de las solicitudes de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) para el estado de Puebla, en el sentido de declarar la alerta de violencia de género contra las mujeres en cincuenta Municipios del Estado, emitiendo diversas medidas de prevención, de seguridad y de justicia.
Entre las medidas decretadas se encuentran el consolidar el funcionamiento del Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con bases de coordinación para integrar a las autoridades municipales a dicho Sistema y difundir los alcances y avances realizados en la materia.
En este sentido, se propone que los Ayuntamientos a través de la instancia municipal de la mujer, puedan emitir las Ordenes de Protección de naturaleza administrativa a través de la autoridad administrativa que se considere competente, en términos de las disposiciones aplicables, para lo cual deberá coordinarse con las instancias federales y estatales correspondientes, para garantizar su cumplimiento, monitoreo y ejecución.
Las instancias de la mujer deberán contar con un nivel de estructura más elaborado que se encuentre integrado, por lo menos, de una Dirección de Área u homóloga, y conforme al presupuesto que tengan autorizado en cada uno de sus municipios.
También será facultad y obligación de los presidentes municipales y regidores cumplir, por conducto de la autoridad administrativa municipal, con las órdenes de protección que al efecto sean dictadas por el Ministerio Público o por el Órgano Jurisdiccional competente, así como prestar el auxilio inmediato de la fuerza pública que al efecto le sea solicitado.
Asimismo, la Comisión Permanente de Igualdad de Género, Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, asumirá la coordinación, supervisión y seguimiento de la implementación y ejecución de las acciones y medidas correspondientes en los municipios en cuyo territorio sea aplicable la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.
En cuanto a las modificaciones a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se propone definir las órdenes de protección como:
“Actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima, son fundamentalmente precautorias y cautelares, deberán otorgarse de oficio o a petición de parte, por las autoridades administrativas, el Ministerio Público o por los órganos jurisdiccionales competentes. Se decretarán en el momento en que la autoridad competente tenga conocimiento del hecho de violencia presuntamente constitutivo de un delito o infracción, que ponga en riesgo la integridad, la libertad o la vida de las mujeres o niñas, evitando en todo momento que la persona agresora, directamente o a través de algún tercero, tenga contacto de cualquier tipo o medio con la víctima”.
Asimismo, se integrará al Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres a los Municipios que cuenten con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género, así como el Instituto Especializado de la Defensoría Pública.
También se deberá publicar semestralmente la información general y estadística referente a los casos de violencia política contra las mujeres en razón de género que se reciban de las instancias que integran el Sistema Estatal.
La iniciativa del mandatario estatal fue turnada a comisiones unidas de Igualdad de Género, y de Asuntos Municipales para su estudio y dictaminación respectiva.
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